Un conjunto de datos, dos regímenes: un DPP para la UE y China

Un conjunto de datos, dos regímenes: un DPP para la UE y China

Quienes suministran baterías a Europa y a China se enfrentan a dos marcos normativos que no podrían ser más opuestos. Por qué, a pesar de ello, basta con un único conjunto de datos del producto, y cuáles son los límites reales.

El Reglamento n.º 73 de China y el Reglamento de la UE sobre baterías parecen polos opuestos. Uno apuesta por una plataforma estatal centralizada, mientras que el otro se basa en pases descentralizados y firmados criptográficamente. Uno no contempla un nivel público para el consumidor, mientras que el otro incluye un código QR en cada producto. Quienes suministran a ambos mercados se preguntan, con razón: ¿necesito dos sistemas?

La respuesta es no. Un único conjunto de datos del producto puede servir para ambos, siempre que la arquitectura sea la adecuada.

Dos regímenes en paralelo

El Reglamento de la UE sobre baterías 2023/1542 será obligatorio a partir del 18 de febrero de 2027 para las baterías de más de 2 kWh. Su modelo: el agente económico publica el pasaporte, accesible a través de un GS1 Digital Link, y la confianza se basa en una firma en el propio artefacto. Los destinatarios son el público en general, terceros autorizados y las autoridades.

El Reglamento n.º 73 de China está en vigor desde el 1 de abril de 2026 y regula el reciclaje de baterías de propulsión para vehículos eléctricos. Su modelo es el contrario: una plataforma central del Ministerio (MIIT), identificación según la norma china GB/T 34014, obligación de notificar cualquier evento relevante en un plazo de entre 15 y 40 días, acceso de lectura exclusivo para recicladores con licencia - y eso solo a los datos de desmontaje - .

Lo que exige concretamente el Reglamento n.º 73

  • Una identidad digital por batería, codificada según la norma GB/T 34014, en una etiqueta a prueba de manipulaciones
  • Un código de fabricante asignado por el MIIT que identifique cada batería con la fábrica
  • Notificaciones a la plataforma nacional sobre la producción, la venta, la reparación, la recogida, el reciclaje y la reutilización
  • Acceso de lectura para los recicladores con licencia, limitado a los datos técnicos necesarios para el desmontaje
  • Conservación de los datos durante toda la vida útil de la plataforma

Llama la atención la cuarta norma: no solo vincula el acceso al ordenamiento jurídico, sino también a la finalidad. Un reciclador solo ve lo que necesita para el desmontaje.

Por qué parece incompatible - y no lo es -

Si se leen ambos reglamentos en paralelo, parece que no existe un denominador común. La clave reside en una característica de la arquitectura: el propio conjunto de datos del producto es neutral con respecto al ordenamiento jurídico. El trabajo específico de cada normativa es una proyección: leer el mismo conjunto de datos y darle la forma que espera cada régimen.

Una única versión, dos objetivos. Al publicarse, la batería queda registrada una vez como versión DPP firmada. La vía de la UE la registra - en cuanto el registro de la UE esté operativo - en dicho registro y proporciona la vista pública. La vía de China lee esa misma versión DPP, extrae los datos de reciclaje y del ciclo de vida y los comunica a la plataforma del MIIT. La versión DPP no se modifica en el proceso y la firma sigue siendo la misma.

El registro de eventos ya recoge los datos de reciclaje

El registro del ciclo de vida de un DPP de Transpareo ya recoge hoy en día los eventos que exige China: recogida, reciclaje, reprocesamiento y reutilización. Por lo tanto, la notificación a China no introduce nada nuevo, sino que utiliza los eventos ya existentes.

Además, el modelo no es ajeno: en el futuro, para la UE se realizarán notificaciones externas tan pronto como esté operativo el registro de la UE. Una notificación a la plataforma del MIIT es el mismo mecanismo, solo que dirigido a un destino diferente.

El almacenamiento y el acceso ya están configurados

Tan pronto como los DPP se hayan registrado en el registro de la UE, cada versión del DPP se archivará de forma inalterable durante diez años adicionales. La UE exige, por norma general, una conservación de diez años a partir del registro para los pases registrados; en el caso de las baterías, esta finaliza con el reciclaje (art. 77, apartado 8). China exige la conservación durante toda la vida útil de la plataforma. Nuestro archivo da respuesta a ambos regímenes sin necesidad de un segundo almacenamiento de datos.

En cuanto al acceso, también existen ya niveles diferenciados: público, previa solicitud, para las autoridades y de carácter estrictamente interno. En el caso de China se añade un criterio más: el acceso de una empresa de reciclaje está vinculado tanto al ordenamiento jurídico como a la finalidad. Se trata de una pequeña ampliación específica de la lógica de acceso existente, no de un segundo sistema.

Un identificador que abarca ambas vías

El GS1 Digital Link sigue siendo el punto de referencia: de todos modos, figura en todas las baterías comercializadas a nivel internacional. El identificador MIIT según la norma GB/T 34014 se incluye como campo adicional en el mismo conjunto de datos: es un complemento, no un sustituto.

Límites reales

Hay tres puntos que hay que dejar claros:

  • La plataforma del MIIT aún no cuenta con una especificación pública de la interfaz. La conexión solo podrá completarse cuando un cliente o integrador abra el acceso. El modelo de datos y las reglas de acceso pueden estar definidos de antemano.
  • El Reglamento n.º 73 es un reglamento sobre el reciclaje de baterías de propulsión de vehículos eléctricos, no un pasaporte de producto general para cualquier grupo de productos.
  • En China no existe una interfaz pública para los consumidores. Lo que se ofrece allí es la estructura de datos y el almacenamiento conformes a la normativa, no un escaneo con un diseño atractivo de marca.

Sin embargo, para un fabricante que hoy en día suministra a ambos mercados, eso es precisamente lo que cuenta: mantener un conjunto de datos de producto y, a partir de él, cumplir tanto con las obligaciones de la UE como con las de China, en lugar de tener que sincronizar dos sistemas en paralelo.

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