Pasaporte digital del producto para bienes de consumo de rotación rápida (FMCG)

Lo que les espera a los fabricantes de bienes de consumo

Los bienes de consumo de rotación rápida no esperan a que se apruebe un único gran acto legislativo al respecto.

El envase fue lo primero

Se les aborda desde tres frentes a la vez, y el envase es el elemento que ya existía. El Reglamento sobre envases (UE) 2025/40 entró en vigor el 11 de febrero de 2025 y es de aplicación desde el 12 de agosto de 2026; el etiquetado armonizado de materiales y clasificación previsto en el artículo 12 entrará en vigor en 2028, y las obligaciones relativas a la reciclabilidad y al porcentaje de material reciclado establecidas en los artículos 6 y 7 entrarán en vigor en 2030.

Nada de esto se denomina «pasaporte», pero, en esencia, todo ello constituye una base de datos de pasaportes.

Los detergentes contarán con un verdadero «pasaporte»

La segunda línea de actuación se refiere a los detergentes. Reglamento (UE) 2026/405 , de 11 de febrero de 2026, sustituye al Reglamento sobre detergentes, que ya tiene veinte años de antigüedad, y otorga a los detergentes, a partir del 23 de septiembre de 2029, un auténtico pasaporte digital del producto, además de una etiqueta digital.

En el caso de los detergentes, el pasaporte ya no es una perspectiva, sino una fecha límite.

Si cuenta con detergentes en su surtido, esta es la fecha de esta página que lleva su nombre.

El etiquetado de los alimentos es ley desde hace tiempo

La tercera área es el etiquetado de los alimentos, que es ley desde el 13 de diciembre de 2014 y no sufrirá cambios en un futuro previsible. Reglamento (UE) n.º 1169/2011 le indica desde hace tiempo qué datos debe incluir una etiqueta, cómo deben destacarse los alérgenos y qué información debe mostrarse antes de formalizar una venta a distancia.

Se trata de un punto de partida mejor que el que tienen la mayoría de los sectores.

No es una norma de referencia, pero ahí ya se encuentra hoy en día la mayor parte de sus contenidos dirigidos al consumidor, perfectamente estructurados, en algún sistema.

Qué abarca esta página

Esta página es la guía de referencia para obtener una visión completa: el calendario con todas las fechas, quién debe qué, los datos que debe incluir un pasaporte de productos de consumo, las fuentes oficiales, una tabla de ejemplo sobre la importación de envases para que la compare con sus propios datos y las preguntas que nos formulan con mayor frecuencia.

De la normativa al pasaporte

De un vistazo: las normas que afectan a su producto, en gris; los datos de los que ya dispone al respecto, en turquesa; y el pasaporte de producto de Transpareo, con sus niveles de lectura, en azul.

Los tres mayores obstáculos en la práctica

  1. Los datos están en manos del proveedor, no en las suyas. La composición de los materiales, los porcentajes de material reciclado y las evaluaciones de reciclabilidad los establece el fabricante del embalaje. El hecho de que sus obligaciones para 2030 sean demostrables se decide hoy en las condiciones de compra y no en 2029 en una tabla.
  2. La cantidad cambia el cálculo. Un surtido de cuatro mil artículos con variantes promocionales trimestrales no se puede gestionar manualmente. Todo debe introducirse mediante importación o interfaz, y el certificado debe soportar un cambio en la composición sin convertirse en un nuevo expediente.
  3. El escaneo es un momento para el consumidor, no un momento de cumplimiento normativo. Las personas escanean un envase por la receta, las instrucciones de clasificación o una promoción. Los campos de cumplimiento normativo deben estar presentes y ser correctos, y deben respaldar algo que merezca la pena descubrir; de lo contrario, el código del envase no es más que un adorno.

Más información al respecto: el DPP obliga a la digitalización y a la conexión con el ERP en un plazo de dos semanas.

Calendario para el sector de los bienes de consumo de alta rotación (FMCG)

Todas las fechas que establece el Reglamento para los productos de gran consumo (FMCG), en orden cronológico, desde su entrada en vigor hasta las obligaciones de la próxima década. Las fechas que dependen de actos jurídicos aún no aprobados se indican como tales.

  1. 13 de diciembre de 2014
    Se aplica el Reglamento sobre información alimentaria

    El Reglamento (UE) n.º 1169/2011 está en vigor desde esa fecha. En ella se establecen los datos obligatorios que deben figurar en la etiqueta (art. 9), se exige que los alérgenos del anexo II se destaquen en la lista de ingredientes (art. 21) y se aplican los mismos requisitos a la venta a distancia antes de que se formalice la compra (art. 14). La declaración de valores nutricionales entró en vigor el 13 de diciembre de 2016 (art. 30).

  2. 11 de febrero de 2025
    Entrada en vigor del Reglamento sobre envases

    El Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases, publicado el 22 de enero de 2025, entrará en vigor y sustituirá a la Directiva 94/62/CE sobre envases. Por el momento, no se exige nada en relación con los envases; aquí es donde comienza a correr el plazo hasta la entrada en vigor.

  3. 22 de marzo de 2026
    Entra en vigor el nuevo Reglamento sobre detergentes

    El Reglamento (UE) n.º 2026/405, relativo a los detergentes y los tensioactivos, de 11 de febrero de 2026, entra en vigor y deroga el Reglamento (CE) n.º 648/2004. Este Reglamento establece una etiqueta digital (art. 19) y un pasaporte digital del producto para los detergentes (art. 21). Las obligaciones propiamente dichas entrarán en vigor mucho más tarde.

  4. 20 de julio de 2026
    Entra en funcionamiento el Registro DPP de la UE

    El registro central del ESPR entra en funcionamiento; el Reglamento de aplicación (UE) 2026/1778 regula su funcionamiento, a lo que se suma un entorno de pruebas. Los detergentes forman parte de los grupos de productos que deben figurar en él.

  5. 12 de agosto de 2026
    La PPWR se aplica

    El Reglamento entrará en vigor de forma general a partir de esa fecha. Constituye el punto de referencia a partir del cual se calcula cualquier plazo de envasado posterior, así como la primera fecha en la que las obligaciones en materia de envasado surten efecto directamente, sin necesidad de transposición nacional.

  6. 12 de agosto de 2028
    Etiquetado armonizado de los envases

    Los envases llevarán el etiquetado armonizado de materiales y clasificación previsto en el artículo 12, acompañado, cuando así se requiera, de un código QR u otro soporte de datos abierto y normalizado. El plazo se aplazará si se retrasa la adopción del acto de ejecución relativo al diseño y el formato de la etiqueta, y dicho acto no se haya adoptado.

  7. 23 de septiembre de 2029
    El Reglamento sobre detergentes es de aplicación

    A partir de esa fecha, los detergentes deberán llevar la nueva etiqueta y su ficha de producto digital. Los productos que cumplan lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 648/2004 y que se hayan comercializado antes de esa fecha podrán seguir comercializándose con arreglo a las normas transitorias.

  8. 1 de enero de 2030
    Reciclabilidad y porcentaje de material reciclado

    Los envases deben cumplir los criterios de diseño apto para el reciclado y alcanzar una clase de reciclabilidad (art. 6), y los envases de plástico deben contener un porcentaje mínimo de material reciclado (art. 7). En el mismo artículo se establecen dos etapas adicionales, con requisitos de reciclabilidad a partir de 2035 y una clase mínima más exigente a partir de 2038.

  9. Aún no se ha determinado
    Artículos de uso doméstico sujetos al ESPR

    Los bienes de consumo no alimentarios, aparte de los envases y los detergentes, no cuentan con un acto jurídico específico relativo al pasaporte. Tampoco figuran en el primer plan de trabajo sobre diseño ecológico, por lo que su pasaporte se regulará mediante un acto delegado posterior. Téngalo en cuenta, pero no fije una fecha concreta al respecto.

¿A quiénes afecta?

Qué obligaciones incumben a cada uno de los agentes económicos a lo largo del proceso de acceso al mercado.

Fabricantes y titulares de marcas

Quien envase el producto y le aplique su marca es responsable de la etiqueta, de los datos del envase que figuran en ella y, a partir de 2029, del «pasaporte de detergentes». También es quien debe conservar la documentación relativa al porcentaje de material reciclado y a la reciclabilidad, elaborada por su proveedor de envases.

Importador

Quien importe productos a la UE los introduce en el mercado y asume, en lo que respecta a la información que los acompaña, las mismas obligaciones que el fabricante. Las etiquetas de los productos alimenticios deben estar disponibles en el idioma de cada mercado en el que se vendan, y este es el motivo más frecuente por el que fracasan las gamas de marcas propias importadas.

Comerciantes y comercio

Compruebe que el producto figure en la lista cuente con el etiquetado exigido y, en su caso, con un código de seguimiento accesible. En la venta a distancia, el comerciante debe, además, mostrar la información alimentaria obligatoria antes de que se formalice la compra (art. 14 del Reglamento (UE) n.º 1169/2011).

Fabricantes y proveedores de embalajes

La composición de los materiales, el porcentaje de material reciclado y la evaluación de la reciclabilidad se determinan aquí, no en la marca. El hecho de que pueda demostrar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de envases para 2030 depende casi por completo de lo que su proveedor de envases se haya comprometido a cumplir contractualmente en la actualidad.

¿Qué debe incluirse en el DPP para los productos de gran consumo?

Los campos de datos más importantes que establece la normativa pertinente de la UE.

Composición del embalaje

Material por componente, peso, porcentaje de material reciclado y su certificado, la evaluación de la reciclabilidad, así como un certificado de compostabilidad cuando se afirme que el envase es compostable. Una línea por cada formato, contando el cierre y la etiqueta como componentes.

Información para los consumidores

En el caso de los alimentos, la información obligatoria prevista en el artículo 9, con los alérgenos resaltados en la lista de ingredientes y en la declaración nutricional; en el caso de los detergentes, el contenido de la etiqueta exigido por el nuevo reglamento, incluida la parte que solo puede figurar en la etiqueta digital.

Clasificación y eliminación de residuos

El etiquetado armonizado de materiales y clasificación previsto en el artículo 12 de la PPWR, el etiquetado correspondiente de los contenedores de residuos (art. 13) y el símbolo de depósito, en los casos en que se aplique un sistema nacional de recogida.

Los documentos que respaldan las declaraciones

Declaración de conformidad, documentación técnica, declaración de conformidad de los materiales, certificado de material reciclado. Adjuntos al carné en lugar de transcribirse en él, para que el inspector pueda consultar el original.

Para llevar

Las listas de comprobación en formato PDF para imprimir y marcar, así como la tabla de ejemplo de la importación de Transpareo para compararla con sus propios datos de productos: todo ello sin necesidad de crear una cuenta.

Lista de comprobación «Passport» para detergentes y tensioactivos destinados al usuario final

Esta lista se ajusta al texto del reglamento: los datos que figuran en ella son disposiciones legales vigentes, no previsiones.

Plantilla de Excel para productos de gran consumo (FMCG)

Una fila de ejemplo completada con todas las columnas que requiere la importación.

16 Columnas, con valores de ejemplo

Transpareo para productos de gran consumo

Transpareo incluye los campos de embalaje del PPWR como plantilla ya preparada: una línea por cada formato, cierre y etiqueta como componentes, con la evaluación de reciclabilidad, el certificado de material reciclado y las declaraciones de conformidad como anexos, en lugar de tener que introducir la información manualmente. Usted importa miles de artículos desde una tabla o a través de la interfaz, publica fichas técnicas firmadas que un consumidor, un inspector comercial y una autoridad pueden leer cada uno según su propio nivel de detalle, y publica una nueva versión cuando cambia una fórmula o un embalaje. Cada obligación mencionada anteriormente tiene su correspondiente acción a continuación.

2026
Se aplica el PPWR
2030
Porcentaje de material reciclado
40
Idiomas
SKU
Importación a gran escala

Cada obligación tiene su contrapartida

La plantilla de embalaje

Una línea por formato, con el cierre y la etiqueta como componentes, y los campos PPWR ya creados: evaluación de la reciclabilidad, certificado de reciclado, certificado de compostabilidad y declaración de conformidad del material. Los campos que no sean obligatorios para su producto nunca se le impondrán.

Miles de artículos a la vez

Puede gestionar el catálogo a través de la interfaz, mediante una importación desde Excel o a través de la interfaz REST. La tabla de ejemplo que aparece más arriba muestra todas las columnas que debe incluir la importación, de modo que pueda compararlas con sus propios datos de productos antes de tomar una decisión.

Niveles para consumidores, compradores y autoridades

La visibilidad es una característica de cada campo de datos. Los ingredientes y las instrucciones de clasificación son de acceso público sin necesidad de registrarse; los certificados y las declaraciones están protegidos mediante accesos registrados para los inspectores comerciales, mientras que la documentación técnica está reservada a las autoridades.

Un código en el envase

Con un GTIN, el identificador se convierte en el GS1 Digital Link, por lo que el código que ya figura en el embalaje también puede aparecer en el pasaporte. Transpareo genera el código QR correspondiente, y los pasaportes a nivel de lote permiten que una retirada del mercado llegue a los lotes que realmente se ven afectados.

Las fórmulas y los envases cambian

Una reformulación o un nuevo envase constituyen una nueva versión firmada, no un nuevo pasaporte. Las versiones anteriores siguen estando disponibles, y eso es precisamente lo que necesita si surge alguna duda sobre un lote que salió de fábrica hace dos años.

24 lenguas oficiales de la UE y otras 16

La información sobre ingredientes y eliminación de residuos se traduce automáticamente a las 24 lenguas oficiales de la UE y a otras 16, en el idioma de cada mercado al que suministren, y usted la revisa antes de su publicación.

Preguntas frecuentes sobre el DPP para el sector de los bienes de consumo de alta rotación (FMCG)

¿Existe actualmente la obligación de aplicar el DPP a los productos de gran consumo?

No se trata de una regla general, y conviene precisar qué aspectos ya cumplen con la normativa. Las obligaciones en materia de envases del PPWR entrarán en vigor el 12 de agosto de 2026; el etiquetado, en 2028; y la reciclabilidad y el porcentaje de material reciclado, en 2030. A partir del 23 de septiembre de 2029, los detergentes contarán con un auténtico pasaporte digital del producto, de conformidad con el Reglamento (UE) 2026/405. Los alimentos y las bebidas están sujetos a la normativa de etiquetado, no a un acto jurídico relativo al pasaporte. Para el resto de productos de una gama de bienes de consumo, no existe hasta la fecha ninguna fecha de implantación del pasaporte.

¿Exige la PPWR que cada envase lleve un código QR?

El artículo 12 exige un etiquetado armonizado sobre la composición de los materiales y la clasificación, basado en pictogramas válidos en toda la UE, acompañados, cuando proceda, de un código QR u otro soporte de datos digital estandarizado y abierto. Los envases reutilizables y los sistemas de depósito llevan sus propios etiquetados. El diseño, las especificaciones técnicas y los formatos se establecerán en un acto de ejecución que la Comisión aún no ha adoptado, por lo que la fecha de entrada en vigor de la obligación de etiquetado podría retrasarse. Crear ahora los datos subyacentes no le supondrá ningún coste en caso de que el pictograma cambie más adelante.

¿Se aplica esto también a los importadores?

Sí. La obligación se basa en la comercialización, no en la fabricación. El importador de una gama de marca propia es responsable de la etiqueta, de los datos del envase y, a partir de 2029, del «pasaporte de detergentes», al igual que el fabricante. En la práctica, esto significa que el certificado de reciclaje y la evaluación de la reciclabilidad deben entregarse junto con el suministro y no a petición posterior. Establezca esto en el contrato de compra; esa es la parte que lleva meses.

¿Necesito un GTIN?

Casi todos los artículos de gran consumo ya cuentan con uno, y ese es el caso más sencillo: el identificador de Transpareo se convierte en un GS1 Digital Link, por lo que un mismo código sirve tanto para la caja registradora como para el pase, en lugar de que haya dos códigos en un mismo envase. Si un artículo no tiene GTIN, el pase lleva un identificador único de Transpareo, y el código QR le lleva exactamente al mismo sitio. Más información sobre esta elección en «Por qué el GS1 Digital Link es el estándar adecuado».

¿Puedo desplazar la etiqueta al código QR?

Solo en parte, y las normas varían según el producto. El etiquetado de los alimentos mantiene la información obligatoria en la etiqueta física; un código QR la complementa, en lugar de sustituirla. El nuevo Reglamento sobre detergentes va más allá y permite que una parte determinada de la información figure únicamente en la etiqueta digital, mientras que la identificación y los datos relevantes para la seguridad siguen figurando en la etiqueta física. Considere la etiqueta digital como un espacio para lo que ya no cabe, no como una forma de reducir la superficie impresa.

¿Un pase por artículo o por lote?

En la mayoría de los artículos de gran consumo (FMCG), la información relevante se encuentra en el nivel de producto, ya que es ahí donde se recogen la composición, el etiquetado y los certificados. El nivel de lote resulta útil cuando un dato varía en cada ciclo de producción: un porcentaje de material reciclado que difiere entre proveedores, un certificado específico de una planta, una retirada del mercado que debe afectar a tres lotes y no a toda la línea. Transpareo admite pasaportes de modelo, de lote y de unidad en la misma plantilla, por lo que puede comenzar a nivel de producto y añadir el detalle por lotes para las líneas que lo requieran.

¿Cuál es la situación respecto a la huella de carbono?

En la actualidad, ninguna normativa de la UE exige que se incluya la huella de carbono en un «pasaporte de productos de gran consumo». No obstante, muchas marcas la publican porque los clientes del sector minorista la solicitan para sus propios informes. Si decide hacerlo, indique el método utilizado: una cifra sin indicar el método no es comparable y da pie a la acusación de que se ha elegido de forma sesgada. Transpareo la incluye como una característica habitual con referencia a la fuente; Carbon Footprint compara los métodos en el DPP.

¿Quién tiene acceso a qué datos?

Los consumidores necesitan conocer los ingredientes, los alérgenos, las instrucciones de clasificación y la información sobre la eliminación de residuos. Los clientes del sector minorista y los inspectores desean conocer la evaluación de la reciclabilidad, los certificados y la declaración de conformidad. Las autoridades necesitan la documentación técnica. En Transpareo, la visibilidad es una característica de cada campo de datos, por lo que el nivel público se muestra sin necesidad de iniciar sesión y el resto se encuentra tras accesos registrados: un pase, un código, tres vistas diferentes.

¿Debo inscribirme en el registro de la UE?

El registro central está en funcionamiento desde el 20 de julio de 2026; el Reglamento de aplicación (UE) 2026/1778 regula su funcionamiento, y los detergentes forman parte de los grupos de productos para los que se ha creado. El registro se rige por el acto jurídico que exige un «pasaporte» para su categoría; por lo tanto, en el caso de los detergentes será de aplicación hacia 2029, mientras que para los alimentos y las bebidas no lo es en la actualidad. Solo podrá realizar el registro el operador económico que comercialice el producto (art. 13, apartados 4 y 5, del ESPR); un proveedor de servicios no podrá hacerlo en su nombre, siempre que el acto jurídico correspondiente a su grupo de productos no lo prevea. Transpareo prepara los datos que exige el registro - identificador del producto, identificador del agente, dirección del pasaporte y huella digital - para que usted mismo pueda completarlo tan pronto como se defina la interfaz del registro; la Comisión está estudiando si, en el futuro, los proveedores de servicios podrán encargarse de ello. Encontrará más información al respecto en nuestro análisis del Reglamento sobre el registro.

¿Qué ocurrirá si empiezo en 2029?

En este sector, el cuello de botella nunca es la tecnología, sino el catálogo. Un surtido de productos de gran consumo (FMCG) de tamaño medio consta de miles de artículos, cada uno con su envase, cierre y etiqueta, y los datos sobre el porcentaje de material reciclado y la reciclabilidad se encuentran en manos de tres o cuatro proveedores de envases. Hacer que estos datos fluyan lleva un ciclo de compras, y en la primera importación se da cuenta de qué campos nunca ha rellenado nadie. Empiece por hacer un inventario de los datos de los envases: las fichas técnicas se configuran en Transpareo en cuestión de días, tan pronto como se disponga de los datos.

Documentos oficiales

Las fuentes jurídicas para su consulta: qué es cada documento y cuándo lo necesita.

¿Estás preparado para los DPP del sector de los bienes de consumo de alta rotación?

Empiece hoy mismo: cuando llegue el momento de cumplir con sus obligaciones, ya llevará tiempo siendo productivo.